1.- Ámbito de aplicación
La presente normativa es de aplicación en todos los casos en que los socios soliciten el uso de los espacios que el club pone a disposición de los mismos para la celebración de eventos de carácter privado, en los términos y condiciones que se desarrolla a continuación.
2.- Espacios reservables y canon de uso
El Club Santa Clara podrá ceder sus espacios con carácter puntual a los socios, previo pago de un canon de uso, para el desarrollo de actividades de carácter privado. Dicha cesión de uso tendrá lugar siempre que la disponibilidad lo permita, fuera del horario habitual de uso a la que están destinadas, y previa autorización individual del evento.
El fin de esta normativa es la regulación del pago de un canon, por parte del socio, cuando ejerce el uso en exclusividad de un espacio, no se paga por el uso del mismo, sino por el carácter privado del uso que realiza.
Son susceptibles de ser reservados los siguientes espacios:
– Jardín: las mesas se reservan directamente con el concesionario, sin posibilidad de celebración de eventos ni de exclusividad en el mismo.
– Restaurante: destinado a la celebración de reuniones familiares, amigos, de eventos como comuniones, bautizos, etc. La reserva puede ser de uso compartido con otros socios, sin coste, o de uso exclusivo, previo canon y con un mínimo de 20 asistentes. Para aforos superiores a 35 asistentes consulten con administración.
– Pabellón y su jardín: destinado a la celebración de eventos de los socios en exclusividad, con un mínimo de 25 personas.
– Piscina: Pérgola y zona de césped anexo: destinada a la celebración de eventos de los socios al aire libre, tales como comuniones, cumpleaños y otros de naturaleza análoga.
– Sala de usos múltiples: destinada a la celebración de eventos de los socios en recinto cerrado, tales como reuniones, conferencias, presentaciones y otros de naturaleza análoga incluyendo la utilización de aire acondicionado/ calefacción y equipos audiovisuales.
A partir de diciembre de 2020 serán de aplicación las siguientes tarifas:
TIPO DE ESPACIO | TEMPORADA DE INVIERNO/PRIMAVERA (OCTUBRE A MAYO) | TEMPORADA DE VERANO (JUNIO A SEPTIEMBRE) |
CHIRINGUITO DE PISCINA USO COMPARTIDO PARA COMUNIONES (Máximo 2 comuniones. en función aforo máximo disponible de 100 personas)
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4 EUROS/PAX con un mínimo de 30 asistentes. (Mes de mayo), para uso exclusivo. 3 EUROS/PAX (Mes de mayo) para uso compartido. |
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CHIRINGUITO DE PISCINA PARA USO EXCLUSIVO SOCIOS PARA LA REALIZACIÓN DE EVENTOS.
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4 EUROS/PAX con un mínimo de 30 asistentes. | 4 EUROS/PAX con un mínimo de 30 asistentes. (Solo disponible en horario nocturno). Coste de socorrista a cargo del socio. |
PABELLÓN Y SU JARDÍN. SOLO USO EXCLUSIVO.
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3 EUROS/PAX con un mínimo de 25 asistentes. | 3 EUROS/PAX con un mínimo de 25 asistentes. |
RESTAURANTE PARA COMUNIONES. EN ESTE CASO SIEMPRE ES USO EXCLUSIVO.
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2 EUROS/PAX con un mínimo de 20 asistentes.
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2 EUROS/PAX con un mínimo de 20 asistentes. |
RESTAURANTE SOLO USO EN EXCLUSIVIDAD. |
2 EUROS/PAX con un mínimo de 20 asistentes.
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2 EUROS/PAX con un mínimo de 20 asistentes. . |
Estas tarifas serán actualizadas anualmente por parte de la Junta Directiva.
Es condición indispensable para la reserva de los espacios, la contratación del servicio de catering con el concesionario que esté prestando los servicios en el club, en los términos y condiciones que acuerden entre las partes, formalizado en el correspondiente documento.
La reserva solo podrá efectuarse por el socio titular y cónyuge, para las personas que componen su unidad familiar. Excepcionalmente, y para el caso de socios abuelos, podrán también solicitar la cesión de los espacios para la celebración de eventos de personas vinculadas al mismo, hasta segundo grado por consanguinidad o afinidad lineal, es decir abuelos/nietos.
3.- Procedimiento general de petición, autorización, presupuesto y pago.
Los socios deberán formalizar la petición de reserva por escrito en las oficinas del club, o bien por mail a la dirección administracion@clubsantaclara.es, presentando la solicitud correspondiente, acompañada de todos los datos que se recogen en la misma. La solicitud deberá realizarse al menos con 7 días de antelación de la fecha prevista de realización del evento.
Recibida la solicitud, el personal de administración del club consultará la disponibilidad del espacio y la naturaleza del evento y procederá a autorizar la reserva, previa conformidad de la Junta Directiva, en el plazo máximo de 7 días.
Una vez autorizada la cesión se procederá a realizar un presupuesto estimado que será remitido al solicitante, en la dirección de correo indicada en la solicitud, sin prejuicio de que la facturación posterior pueda sufrir variaciones en función al número de personas asistentes a la misma.
Una vez remitida la aceptación de la solicitud, el socio dispone de 5 días para hacer efectivo el 50 % del precio, en la forma en que se le haya indicado. La Junta Directiva podrá además de lo anterior, exigir, con carácter previo al uso de las instalaciones, la constitución de una fianza que garantice posibles desperfectos que puedan ocasionarse en su uso y que será devuelta tras comprobar el estado de las mismas.
El resto del precio será abonado por el socio dentro de los cinco días posteriores a la celebración del evento, abonando dicho importe en la forma indicada en el presupuesto.
Así mismo, recibida la solicitud, se procederá a anotar la entrada de la reserva en un libro registro, que determina la prioridad de la misma. Si transcurrido el plazo de 5 días el interesado no hubiera abonado el precio, y para el caso de que hubiera más de una solicitud de reserva para la misma fecha, se procederá a tramitar conforme al trámite previsto, la solicitud siguiente por orden de llegada.
Cuando se cancele una solicitud ya autorizada sin previo aviso o con una antelación inferior a 7 días, el socio no tendrá derecho a devolución del 50 % del canon depositado, quedando este a disposición del Club en concepto de daños y perjuicios. La fecha reservada no se puede modificar, salvo por causa justificada por el socio, previo aviso con una antelación mínima de 3 días. En este caso, la Junta Directiva, atendiendo a las circunstancias concurrentes, y solo cuando hubiera disponibilidad de fechas alternativas, procurará realizar el cambio solicitado.
Cada socio podrá reservar fecha para un solo evento. Una vez celebrado este podrá efectuar una nueva reserva.
La Junta Directiva, se reserva la posibilidad de no autorizar la solicitud de quienes tengan pendiente el abono de cuotas de socios.
El club no está obligado a indemnizar al socio con cantidad alguna, si por circunstancias de fuerza mayor, condiciones climatológicas adversas o cualquier otra causa ajena al mismo, no pudiera realizarse el evento en la fecha fijada, ni se hace responsable de posibles reclamaciones en la prestación del servicio de restauración concertado con el concesionario.
4.- Condiciones de uso y disfrute de los recintos
Los espacios cedidos podrán ser usados de forma exclusiva por el socio, salvo para las comuniones celebradas en el mes de mayo y los cumpleaños infantiles, dentro del horario que se establezca.
Queda prohibida la cesión para la realización de eventos con fines comerciales o lucrativos o venta de productos o servicios por parte de los socios o publicidad de los mismos.
El club se compromete a entregar las instalaciones en óptimas condiciones de uso, siendo responsabilidad del socio devolverla en el mismo estado en que las encontró.
Salvo autorización expresa, está prohibido el baño por parte los asistentes a los eventos realizados en el recinto de piscina. Si en el momento de realización del evento, la piscina estuviera en uso y no estuviera por tanto instalado el vallado perimetral, y pese a lo anterior, el socio está obligado a abonar el precio del servicio de socorrista, que por prescripción legal debe permanecer en todo momento en las instalaciones aunque no se hiciera uso del baño.
El club no se hace responsable de los posibles daños materiales o personales que se pudieran ocasionarse durante la realización del evento, por conductas negligentes o contraviniendo las normas, pudiendo exigir indemnización o restitución del daño causado en sus bienes e instalaciones.
Queda prohibida la introducción de elementos de animación, tales como castillos hinchables, luces o cualquier otro equipo, así como la contratación de servicios profesionales externos de animación, sin la autorización previa del Club. En todo caso, las instalaciones y los servicios contratados deberán cumplir con la normativa exigible y en el caso de las instalaciones con las debidas condiciones de seguridad.
El socio está obligado a respetar los horarios de apertura que se determinen o fijen para el evento, así como cualquier otra condición de cesión, en especial las relativas al ruido que pudieran ocasionar, respetando en todo momento el descanso de los vecinos.
5.- Disposición final
Corresponde a la Junta Directiva velar por el cumplimiento de las presentes normas, así como la interpretación de las mismas.
Las cuestiones litigiosas que puedan derivarse de esta relación jurídica serán de conocimiento y competencia de los Tribunales de Sevilla.
APROBACIÓN Y ENTRADA EN VIGOR.
Aprobada en Asamblea General Extraordinaria de 17 de junio de 2013.
Aprobado precios en sesión ordinaria de la Junta Directiva de 26 de mayo de 2014.
Modificación en sesión de Junta Directiva de 22 de mayo de 2017.
Modificación en sesión de Junta Directiva de 30 de noviembre de 2020.